En México existen leyes que
permiten el aborto bajo ciertas circunstancias; sin embargo, en la mayoría de
los estados es difícil que las mujeres accedan a estos servicios de forma
satisfactoria. El aborto es permitido cuando su origen se debe a una violación
en los 32 estados de la república mexicana, riesgos para la vida de la mujer en
27 estados, aborto imprudencial o aborto espontáneo en 29 estados y en 8 de los
estados es autorizado si la mujer sufrió de inseminación artificial no
consentida; sólo uno de los Estados contempla razones económicas graves.
Chile
Es ilegal en Chile de acuerdo con
el Código Penal de 1874. No se considera aborto punible aquel que es
consecuencia prevista pero no buscada de procedimientos médicos destinados a
salvar la vida de la madre. En la
actualidad se debate la despenalización en las causales de violación,
inviabilidad fetal y riesgo de vida de la madre.
Colombia
Desde el 2006, la Corte
Constitucional en Colombia abrió la puerta al IVEs, permitiendo realizar el
procedimiento cuando se incurre en alguna de estas tres circunstancias:
Cuando el embarazo pone en
peligro la salud—física o mental— de la mujer, o su vida.
Cuando el embarazo es resultado
de una violación o de incesto.
Cuando hay malformaciones del
feto que son incompatibles con la vida por fuera del útero.
No hay comentarios:
Publicar un comentario